¿Qué son los índices de gestión y cuales debo reportar?
Los indicadores de seguridad y salud en el trabajo constituyen un marco estadístico para evaluar el grado de protección de los trabajadores frente a los peligros y riesgos relacionados con el trabajo. Estos indicadores se implementan para prevenir lesiones, enfermedades y muertes ocupacionales, y para monitorear la aplicación de estos procedimientos y señalar áreas específicas de alto riesgo. Los indicadores e indicadores de gestión de seguridad y salud ocupacional deben ser reportados anualmente en la plataforma IESS y se debe acceder como empleador.
Índices Reactivos
Muestran la relación estadística entre la jornada laboral real de todos los empleados de la empresa durante un año y los accidentes o enfermedades profesionales ocurridos durante ese período.
IESS ha ordenado la introducción de 3 indicadores de reactividad.
- Índice de Frecuencia (I.F)
IF = # Lesiones x 200.000 / # H H/M trabajadas
# Lesiones: Número de accidentes y enfermedades profesionales u ocupacionales que requieran atención médica (que demande más de una jornada diaria de trabajo), en el período.
# H H/M trabajadas: Total de horas hombre/mujer trabajadas en la organización en determinado período anual.
- Índice de Gravedad (I.G)
IG = # días perdidos x 200.000 / # H H/M trabajadas.
# Días perdidos: Tiempo perdido por las lesiones (días de cargo según la tabla, más los días actuales de ausentismo en los casos de incapacidad temporal).
# H H/M trabajadas: Total de horas hombre/mujer trabajadas en la organización en determinado período (anual).
- Tasa de Riesgo (T.R)
TR = # días perdidos / # lesiones
TR = IG / IF
Índices Proactivos
La empresa o asegurado incluirá los indicadores proactivos que crea adecuados y necesarios para prevenir riesgos laborales.
Se recomienda registrar los siguientes indicadores.
- Análisis de riesgos de tarea, A.R.T.
- Observaciones planeadas de acciones sub estándares, OPAS
- Diálogo periódico de seguridad, IDPS
- Demanda de seguridad, IDS
- Entrenamiento de seguridad, IENTS
- Ordenes de servicios estandarizados y auditados, IOSEA
- Control de accidentes e incidentes, ICAI
¿Cuáles son las obligaciones en materia de seguridad y salud para este 2020?
Las principales instituciones legales vigentes que se mencionan a continuación consideran los requisitos legales y técnicos que deben cumplirse anualmente con el Departamento de Trabajo y el IESS en materia de salud y seguridad.
- Acuerdo Ministerial MDT-001-2020
- Acuerdo Ministerial MDT-135-2017
- DECISIÓN 584 Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el trabajo
- Resolución IESS 513
- Acuerdo Ministerial 1404 Servicios Médicos
- Decreto Ejecutivo 2393
- Código del Trabajo
- Acuerdo Ministerial 0174
- Acuerdo Ministerial 013. Reformado por el Acuerdo Ministerial 068
- Resolución 957
- Acuerdo Ministerial 082
- Acuerdo Ministerial 398
- entre otros
¿Existen sanciones por incumplimiento de estos requisitos en seguridad y salud?
Acuerdo Ministerial MDT-135-2017:
Art. 16.-Multas por incumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad, salud del trabajo y gestión integral de riesgos.-En caso de incumplimiento de las obligaciones laborales en materia de seguridad, salud del trabajo y gestión integral de riesgos, las Direcciones Regionales del Trabajo y Servicio Público de la respectiva jurisdicción, notificarán al empleador con una providencia preventiva de sanción para que en el término de quince (15) días contados desde su notificación a través de las Inspectorías del Trabajo, ejerza el derecho a su defensa, vencido el cual, de no desvirtuar el incumplimiento, el Ministerio del Trabajo impondrá al empleador una multa equivalente a doscientos dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (USD 200), por cada trabajador; hasta un máximo de veinte salarios básicos unificados (20 SBU).
PARA OBTENER TODA LA INFORMACIÓN
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